20 Abr 2024 - Edición Nº2552
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EL TECLADO | La provincia  Sábado 23 de Diciembre del 2017 - 13:39 hs.                1145
  La provincia   23.12.2017 - 13:39   
INFORME
Todo sobre el proyecto de reforma previsional que Vidal no se animó a presentar
La gobernadora tiene en la mira una reforma mucho más dura que la aprobada por Nación. El clima áspero de diciembre le impidió presentarlo junto con la ley de Ministerios y la reforma del régimen previsional del Banco Provincia, aprobados en un chasquido con la nueva formación de las cámaras.
Todo sobre el proyecto de reforma  previsional que Vidal no se animó a presentar

La reforma madre es la armonización del Instituto de Previsión Social (IPS) con el Ansés de Nación, que equipara de modo progresivo las jubilaciones de ambas cajas, siendo la de Provincia históricamente mejor.

Actualmente el IPS ostenta un promedio de cuatro activos por cada jubilado, régimen que el propio Cristian Gribaudo destacó en octubre del año pasado, cuando estalló la alerta por la ley nacional de Reparación Histórica que preveía equiparar las cajas provinciales con el ANSÉS.

“El IPS es sustentable y tiene superávit. No hay necesidad de optar por la variante de la armonización que prevé esa ley nacional”, destacó Gribaudo en aquella ocasión. Otro antecedente es el de 2009, cuando el ex gobernador Daniel Scioli intentó encaminar su propia reforma previsional. Los abrazos simbólicos al IPS –que se repitieron a lo largo de los años- lo frenó. Y algo así podría suceder de nuevo.

El proyecto de reforma que María Eugenia Vidal  tenía listo para presentar en diciembre implicaría, como condición nuclear, la armonización, sujetando la movilidad jubilatoria a la aplicación de la ley 26.417 que rige en Nación. También deroga el artículo 50 de la ley 9680/80, que prevé una movilidad automática y de oficio por el IPS.

“Se abonará a los beneficiarios del Instituto de Previsión Social un haber anual complementario equivalente a la duodécima parte del total de los haberes jubilatorios o de pensión a que tuvieren derecho por cada año calendario. Este haber se hará efectivo en el tiempo y forma que se liquida para el personal en actividad. Cuando en una misma persona se acumulen más de una prestación de pasividad, liquidadas y abonadas por el Instituto de Previsión Social, el afiliado tendrá derecho al haber anual complementario por cada una de ellas”, dice el art. 50 de esa ley.

Por otro lado, el proyecto de Vidal modificará gradualmente la edad para las jubilaciones ordinarias, aunque sólo la eleva de 60 a 65 años para los hombres. ¿Saldrán a rebatir con argumentos de género? Hasta ahora, según la ley 9650 que regula el régimen previsional, hombres y mujeres pueden jubilarse a partir de los 60 años con al menos 35 años de servicio.

También eleva la edad para los docentes, aunque en ese sector sí aplica la suba a las mujeres: de 50 a 57 años para ellas, y de 50 a 60 para ellos. Una medida que los gremios, lógicamente, tratarán de impedir a toda costa, en medio de un clima caliente pre-paritarias y con el anuncio reciente de que el gobierno prescindirá de todos aquellos docentes que ejerzan sin título.

Otro de los cambios que introduce el proyecto tiene que ver con cómo se determinan los haberes, que pasarán a computarse por los últimos 10 años de actividad y ya no basándose el mejor cargo ocupado (con 3 años consecutivos o 5 alternados). Así, deroga el artículo 41 de la ley 9650  que estipula que “el haber mensual de la jubilación ordinaria, calculada por servicios en relación de dependencia, será el equivalente al setenta (70) por ciento de la remuneración mensual asignada al cargo de que era titular el afiliado a la fecha de cesar en el servicio o en el cargo de mayor jerarquía que hubiese desempeñado”. [El Teclado]