La Suprema Corte estableció que a partir del 25 de noviembre regirá una nueva modalidad de trabajo para las dependencias judiciales con asiento en el conurbano bonaerense y la Ciudad de La Plata. La medida, resuelta a partir del dictado del DNU 875/20 del Poder Ejecutivo Nacional que dispuso el paso del régimen de aislamiento al de distanciamiento social, establece cambios en la convocatoria de personal bajo una modalidad mixta entre trabajo presencial y remoto, habilita la realización de audiencias en todos los fueros, elimina restricciones para la realización de pericias y normaliza las tareas en el sector de Mandamientos y Notificaciones, entre otras disposiciones.
En primer lugar, es importante destacar que se mantiene la vigencia de las dispensas para el trabajo presencial de quienes integran los grupos de riesgo o se encuentran al cuidado de niños, niñas y adolescentes. Por su parte, el DNU 875/20 mantuvo la prohibición general del uso del transporte público, con excepción de los organismos de turno (art. 8.5 conf. art. 11.3 DNU 875/20). En este punto, la AJB reiteró la necesidad de extender la dispensa a las y los trabajadores que convivan con personas con riesgo elevado en caso de contagio.
En cuanto a la cantidad de personal a ser convocado de manera presencial, la Resolución 1250/20 establece la organización del trabajo en grupos, que siempre respetando la jornada laboral habitual -de 8 a 14 horas, de lunes a viernes- se turnarán para concurrir a la dependencia.
Asimismo, se establecen requisitos que deberán verificarse en cada uno de los organismos:
Cabe recordar que el pasado 11 de noviembre la AJB realizó una presentación a la Suprema Corte reclamando que el proceso de reapertura se establezca de manera progresiva y acordado con el sindicato, realizando la verificación conjunta de las condiciones de seguridad e higiene necesarias en cada uno de los fueros, jurisdicciones y funciones. En particular se hizo referencia a las condiciones que deben cumplirse respecto de las dispensas, la cantidad máxima de personal para tareas presenciales, la celebración de audiencias, la realización de pericias y la labor de las oficinas de Mandamientos y Notificaciones.
“Lamentablemente, una vez más la Suprema Corte avanza con un diseño de apertura en el AMBA y La Plata que no establece reglas claras y precisas de organización del trabajo para garantizar la salud de las y los judiciales y sus familias”, expresó Pablo Abramovich, secretario General de la AJB.
En la dirección de organizar el proceso paulatino de apertura, la AJB realizó una nueva presentación donde se exige a la Suprema Corte acordar en el marco del diálogo paritario las modalidades de prestación de tareas en cada uno de los sectores y funciones del Poder Judicial de acuerdo a criterios de prevención y cuidado.
Entre otras exigencias, la AJB reclama un control estricto de las condiciones en que se celebran audiencias -priorizando la participación remota-, la elaboración de un protocolo para realización de pericias y entrevistas en Asesorías Periciales, Cuerpos Técnicos y Juzgados de Familia y de Paz, así como una reapertura paulatina del flujo de diligencias en las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones para evitar el colapso del sector.
Finalmente, se remarca la vigencia del Protocolo de Actuación N° 1 –aprobado por Res. SPL 5/20- que establece requisitos y obligaciones del empleador mínimas para el funcionamiento de las dependencias, tales como la limpieza diaria, la provisión del equipamiento de protección personal necesario, la ventilación adecuada de los espacios y las reglas de distanciamiento social mínimo.