Una vez cumplidos los tiempos estipulados, este domingo entró en vigencia la ley de interrupción voluntaria y legal del embarazo.
La ley Nº 27.610 regula su acceso y cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de mujeres, adolescentes y otras personas gestantes; y No requiere adhesiones ni reglamentaciones para su vigencia.
Esto es lo que tenés que saber:
¿Qué derechos de las mujeres, adolescentes y otras personas con capacidad de gestar garantiza la ley Nº 27.610?
¿Dónde puedo acceder a la interrupción voluntaria del embarazo?
La ley 27610 dispone que los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales, y las empresas y entidades de medicina prepaga incorporen la cobertura integral y gratuita de la práctica.
¿Tengo que firmar algún consentimiento?
Sí. Previo a la realización de la práctica se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
Una vez solicitada, ¿qué plazo tiene el sistema de salud para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo?
La ley establece un plazo máximo de 10 días seguidos desde su requerimiento para acceder a la práctica en los servicios del sistema de salud o con su asistencia.
¿Qué pasa si tengo problemas, negativas u obstáculos para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo?
Para recibir información realizar consultas o ante inconvenientes, comunícate sin cargo al 0 800 222 3444 (0800 SALUD SEXUAL). La línea funciona de lunes a viernes de 9 a 21; y los fines de semana y feriados de 9 a 18.
Tu pregunta es confidencial.
¿Qué otras prestaciones están incluidas en la ley?
Los servicios de salud deben: