El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) avanza en la implementación de la ley que regula el tratamiento de los envases vacíos de estos productos, peligrosos para la salud y el ambiente.
La normativa promulgada en 2016 (Ley 27.279) se refiere al tratamiento de envases vacíos de “fitosanitarios” ―nombre técnico de lo que comúnmente se conoce como agroquímicos―, y establece que es responsabilidad de las empresas fabricantes e importadoras gestionar la recolección y el posterior tratamiento de los envases comercializados.
En diálogo con El Teclado, el Director del OPDS, Juan Brardinelli, explicó que “esta ley establece que estos envases vacíos de fitosanitarios tienen que ser recuperados y no pueden ser dispuestos en rellenos sanitarios o en cualquier otro lugar. Tienen que tener un procedimiento para que se recuperen, la cual hay que realizarle un lavado, y después tienen que ser reciclados en ciertos elementos permitidos”.
Cabe mencionar que los restos de producto que contienen estos recipientes los hacen peligrosos para la salud humana y el ambiente.
“Lo que suele suceder es que esos envases circulan en el circuito de reciclado no oficial por lo tanto no podemos estar seguro de a dónde va a parar ese plástico con la toxicidad que eso implica, o a veces son enterrados contaminando el suelo y las napas, a veces son quemados contaminando el aire, o a veces son abandonados tanto en el campo o en arroyos, que terminan llegando a lo ríos o al mar, o terminan comiéndoselos los animales”, detalló el funcionario.
En 2019 fueron más de 70 las empresas agroquímicas que comercializaron un poco más de 13 millones de envases de plástico (y otros materiales) en el sector productivo agropecuario de la provincia de Buenos Aires. De este volumen total, la cantidad de envases recuperados en 2020 fue del 8%. A su vez, más de 30 empresas se encuentran en falta por no haber presentado su declaración jurada anual indicando la cantidad de envases de agroquímicos puestos en el mercado provincial en 2019.
Estos envases llegan a ser reciclados en objetos que estén en contacto directo y permanentemente con el humano o con alimentos, en base a la toxicidad de los compuestos de los cuales se utilizaron para contener.
[LA LEY]
La Ley Nacional N.° 27.279 es la única ley del país de “Responsabilidad Extendida del Productor”. Obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases. Este sistema debe ser aprobado por la autoridad competente, el OPDS en el caso de la provincia de Buenos Aires.
El sistema de gestión (presente en numerosos países de América Latina y el mundo) debe cumplir con los requisitos de envases establecidos en la Resolución Provincial N.° 505/2019 para la implementación de esta política pública en la provincia de Buenos Aires.
Para cumplir con la normativa las empresas deben formular un plan de gestión integral de los envases, que incluye la construcción y administración de Centros de Almacenamiento Transitorio (CAT), donde se deben recepcionar los envases vacíos de fitosanitarios. Una vez utilizado el fitosanitario en la producción agropecuaria, los envases deben pasar por un proceso de triple lavado, perforado y acopiado en CAT, Nodos Logísticos, o deben ser guardados por los productores agropecuarios hasta que se realice una campaña de recolección en los municipios donde no hay centros de almacenamiento cercanos.
Luego, los envases deben ser retirados por transportes habilitados para enviarse a empresas, también autorizadas, que trabajen en su adecuado tratamiento. Son los denominados “operadores”, que se ocupan de reciclar el plástico utilizándolo para la elaboración de productos (madera plástica, caños cloacales y otros) que no están prohibidos por ley. Los envases que por sus características físicas, su estado o por su utilización con diferentes sustancias no pueden ser reciclados deben ser llevados a disposición final.
[LAS MULTAS]
La ley establece multas para aquellas empresas que no cumplan con la normativa nacional establecida.
“La ley nacional establece un máximo de 10 mil sueldos básicos de la administración pública nacional. Nosotros ahí decidimos empezar con multas que tengan un máximo de 4 mil sueldos básicos. Y a partir de ahí un proporcional según la cantidad de envases que invirtió cada empresa al mercado de la provincia de Buenos Aires”.
En este marco, el funcionario resaltó que “nosotros queremos que esto sea un punto de inflexión para las empresas que entiendan de una vez por todas que tiene que recuperar los envases porque es un residuo tóxico”.
Según informó el organismos, hasta la fecha hay 26 empresas multadas y 81 empresas apercibimiento por incumplir con la norma establecida.
"El objetivo primario del organismo es lo que nos pidió el gobernador Axel Kicillof, y el Jefe de Gabinete, Carlos Bianco, es el cuidado del ambiente y de la salud de las y los bonaerenses”, concluyó Juan Brardinelli. [El Teclado]