21 Nov 2024 - Edición Nº2767
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EL TECLADO | La provincia  Jueves 26 de Mayo del 2022 - 10:52 hs.                560
  La provincia   26.05.2022 - 10:52   
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La Provincia imputó a Facebook Argentina por publicidad engañosa: qué pasó
La empresa que ya ha sido notificada, debe abstenerse de continuar efectuando este tipo de publicidades y anuncios y posee 5 días hábiles e improrrogables, para presentar su descargo.
La Provincia imputó a Facebook Argentina por publicidad engañosa: qué pasó

El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia, a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Comercial y Promoción de Inversiones, detectó presuntas infracciones a la ley de Defensa del Consumidor por falta al deber de información y publicidad engañosa por parte de Facebook Argentina, en violación a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor

Se constató que la empresa de referencia, mediante sus redes sociales Facebook e Instagram, publicita anuncios de presuntas empresas privadas donde se ofrecen “planes de ahorro” a fin de adquirir vehículos automotores, con la apariencia de supuestos planes oficiales incluyendo denominaciones como “PLAN NACIONAL”, “PLANES ARGENTINOS”, “PLAN GOBIERNO”, “PRECIOS CUIDADOS de AUTOS” y/o “PROCREAUTO. 


En algunos casos, es usada además la imagen del Presidente de la Nación, edificios públicos de marcado público conocimiento y hasta símbolos patrios con el objetivo de inducir al engaño.

De la investigación efectuada se constató que el engaño en estas publicidades es manifiesto y grosero, haciendo uso de montaje de imágenes notoriamente falsas y brindando información que induce a la confusión, con denominación de planes y/o programas apócrifos y/o que existieron en su oportunidad y que se encuentran finalizados hace varios años.

De esta manera se busca evitar que las y los consumidores, por medio de publicidades poco claras y engañosas, o inexactitudes, sean inducidos a error o falsedad en la adquisición de productos, mercaderías o en la contratación de servicios protegiéndose el derecho de aquellos a una información adecuada, completa y veraz en sus relaciones de consumo. 

La empresa que ya ha sido notificada, debe abstenerse de continuar efectuando este tipo de publicidades y anuncios y posee 5 días hábiles e improrrogables, para presentar su descargo.


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