“La violencia nunca adopta una única forma”, dice la
diputada nacional Mónica Macha para explicar que en determinadas situaciones de
violencia, el agresor desplaza sus actos en distintas personas u objetos en
busca de un mismo objetivo: el daño a la pareja o expareja. “La más
habitual y la más cruel es con los hijos e hijas”, explica la legisladora. Ese
tipo de violencia se denomina violencia vicaria y se busca que se incorpore a ley
de Violencia por Motivos de Género.
Mónica Macha preside en la Cámara de Diputados de la Nación la comisión de Mujer y Diversidad, espacio desde donde promueve
distintos proyectos que signifiquen ampliación de derechos para las mujeres y
diversidades.
En la última semana presentó un proyecto para que la ley
de Violencia por Motivos de Género incluya también un apartado contra la
violencia vicaria, con el objetivo de visibilizar este tipo de violencia que se
ejerce cuando el agresor desplaza sus actos hacia los hijos para hacerle daño a
la mujer.
La violencia vicaria es un tipo de violencia de género
que se ejerce a través de violencia familiar con la intención de domesticar,
sancionar y castigar a las mujeres. Por lo general, esta violencia se extiende
a hijos o hijas.
A esto, señala Macha hay
que sumarle la “posición patriarcal y como tal adultocéntrica” del Poder
Judicial que ejerce violencia institucional al no dar respuesta efectiva a las
personas denunciantes.
El proyecto establece que "se entiende por violencia
contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o
indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una
relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad
física, psicológica, sexual, económica o patrimonial".
También, la iniciativa hace referencia a las conductas
que afecten "su seguridad personal, como así también la que se ejerce
contra sus hijas/os, objetos, animales o personas significativas para la
mujer". A través del proyecto, se busca "asegurar la asistencia
especializada de los/as hijos/as u otras personas afectivamente significativas
para la mujer que hayan sido víctimas de violencia vicaria".
Se propone "recolectar, procesar,
registrar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática y
comparable diacrónica y sincrónicamente sobre violencia contra las mujeres,
incluyendo a aquella que se ejerce por medio de sus vínculos afectivos",
proponiendo que se cambie también el inciso a) del artículo 14°.
Además, se promueve la modificación en el
artículo 11° de la Ley 26.485, para que quede redactada de esta forma:
"Asegurar la asistencia especializada de los/as hijos/as u otras personas
afectivamente significativas para la mujer que hayan sido víctimas de violencia
vicaria".