Francisco Echarren
Mediante la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional puso este lunes en funcionamiento la Agencia Reguladora de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), que tendrá como una de sus tareas la exportación de productos derivados de la planta.
El decreto n° 30 publicado en el Boletín Oficial, además, nombró el directorio completo del organismo, que estará presidido por un intendente.
Se trata de Francisco Echarren, el jefe comunal de Castelli, quien realizará las con rango de Secretario y carácter ad honorem.
El vicepresidente de la agencia es el doctor Marcelo Morante, uno de los referentes principales del país en la temática del cannabis y los efectos positivos que tiene en la salud su uso medicinal.
Echarren continuará en tareas en el municipio dándole continuidad a su tercer mandato. En 2017, durante el mandato de María Eugenia Vidal, Echarren dejó en manos de su hermano, Sebastián, para asumir en Provincia como Subsecretario de Vivienda, Tierra y Hábitat.
En su tercer mandato, fue nombrado director de Obras de Transporte de la cartera que condujo Alexis Guerrera, en 2021. Renunció el 14 de marzo de 2022 para volver a la intendencia.
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La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccam) se creó en el marco de la ley 27.669 que “regula la cadena de producción y comercialización nacional con fines de exportación de la Planta de Cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial”.
Las funciones de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) son:
- Regular y fiscalizar la actividad productiva de la industria del cannabis, su comercialización y distribución, para uso medicinal e industrial en el territorio nacional, en todo lo referente al registro, control y trazabilidad de semillas, insumos críticos y productos derivados del cannabis. Todo ello en el marco de un proceso industrial autorizado y habilitado.
- Dictar las normas necesarias para otorgar las autorizaciones para importar, exportar, cultivar, producir, fabricar, comercializar y adquirir semillas de la planta de cannabis, cannabis y sus productos derivados con fines medicinales o industriales.
- Regular el almacenamiento, fraccionamiento, transporte, distribución, trazabilidad y el uso de las semillas de cannabis, plantas de cannabis, de insumos críticos del proceso productivo y de sus productos derivados, para fines de uso industrial y medicinal.
- Controlar el otorgamiento de las licencias, autorizaciones y el cumplimiento de los recaudos exigidos para las autorizaciones administrativas.
- Establecer las normas regulatorias con las mejores prácticas en materia de plantación y cultivo, de acuerdo con estándares y certificaciones de calidad y, en la medida de lo posible, con las regulaciones internacionales más representativas de la industria.
- Establecer los requisitos y condiciones necesarios para autorizar los procesos de producción de los productos derivados del cannabis para uso industrial y medicinal.
- Realizar auditorías e inspecciones sobre las instalaciones de los sujetos autorizados para controlar su correcto funcionamiento, el cumplimiento a la normativa vigente y la autorización otorgada.
- Determinar la tasa de fiscalización y control que anualmente abonarán los sujetos alcanzados por la ley y su metodología de pago y recaudación. La tasa de fiscalización será de hasta el 5 por mil del importe facturado.
- Dictar normas sobre caducidad de las autorizaciones administrativas otorgadas y para desalentar las solicitudes de autorizaciones de carácter especulativo, con lineamientos que penalicen la falta de uso o explotación de esas autorizaciones.
- Expedir certificados de buenas prácticas productivas y dar informes a las entidades financieras que lo requieran.
- Dictar la normativa conjunta o realizar convenios de cooperacióncon el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), la Inspección General de Justicia (IGJ) y la Unidad de Información Financiera (UIF), entre otros entes públicos, para establecer normas que armonicen las regulaciones de las actividades financieras, bancarias, del mercado de capitales, del mercado bursátil, de prevención de lavado de activos, de seguros y aspectos conexos.
- Convocar al Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal.
- Recaudar la tasa de control y fiscalización y cobrar los aranceles por la emisión de licencias o autorizaciones y los servicios que brinde.
- Convocar al Consejo Consultivo Honorario.
El decreto puntualiza que hasta tanto la ARICCAME cuente con plena operatividad, el ministerio de Economía prestará los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica. [El Teclado]
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