Una mujer fue absuelta después de un mes y medio de detención en un penal de Melchor Romero acusada de matar a su pareja, al intentar defenderse de uno de los tantos episodios de violencia de género de los que fue víctima desde que nació esa relación, luego de una intervención de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.
Hoy, M.A. tiene 20 años. Por más de 10, sufrió recurrentes malos tratos, agresiones físicas, degradación y burlas, extensivos a los tres hijos que tuvo con su pareja, que particularmente descargaba su furia contra la más pequeña, de apenas 5 años.
M.A. recuperó su libertad en función de la intervención conjunta de los profesionales de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, a través del Observatorio de Violencia de Género (OVG) y de la secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión Local (ORL) de la Ley de Salud Mental, que colaboraron en forma decisiva con la Defensoría oficial.
“Para las mujeres acusadas de cometer delitos contra sus parejas o exparejas, la consideración de los antecedentes de violencia resultan relevantes a la hora de merituar las circunstancias en que se desarrollaron los hechos que se le imputan”, detalló el OVG.
La joven se encontraba alojada en la Unidad Penitenciaria N° 45 del Servicio Penitenciario Bonaerense, en la localidad de Melchor Romero, partido de La Plata, bajo un régimen de prisión preventiva. El anexo de esa cárcel es destinado a mujeres en conflicto con la ley penal que sufren padecimientos mentales. M.A. fue alojada en ese establecimiento después del episodio que derivó en la muerte de su pareja.
A todo esto, el Defensor del Pueblo Adjunto en Derechos Humanos y Salud y responsable del ORL, Marcelo Honores, detalló que en el marco de la Ley de Salud Mental N° 26.657, “el proceso de atención debe realizarse fuera del contexto de encierro y dispositivo carcelario, apoyado en un abordaje integral, enfocado en la elaboración de lo sucedido producto de la vulneración y el contexto de violencia del cual M.A. formó parte desde chica”, y apuntó a la “preservación y fortalecimiento de la vinculación con sus hijos y sus grupos de pertenencia”.
La defensa de la joven entendió que la medida de prisión era improcedente, al encontrarse acreditado que obró en legítima defensa frente una agresión ilegítima de la que solamente se defendió al encontrarse en una situación de peligro.
“Esta conducta debe enmarcarse en el contexto de la violencia sufrida por la imputada, quien padecía violencia de género desde hacía varios años - al menos desde 2012-, contando incluso con denuncias previas a este hecho, con intervención de la Justicia de Familia”, señaló la Defensoría Oficial Nº 8 de La Plata
Así, la Cámara de Apelaciones y Garantías resolvió que por los antecedentes de violencia de género, M.A. actuó en legítima defensa y le otorgó la libertad por falta de mérito. [El Teclado]