Por:
El Teclado
El primer punto mencionado este miércoles por Javier Milei cuando anunció el Decreto de Necesidad y Urgencia fue la derogación de la ley de Alquileres que rige desde hace meses. El impacto de esta medida sobre los inquilinos será falaz.
Inquilinos Agrupados y referentes del Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Comunidad Federal Inquilina adelantaron que presentarán un amparo judicial contra el DNU.
Mientras tanto, esto implica la derogación:
- Plazo: los contratos vuelven a dos años.
- Dolarización: Podrán exigirnos alquileres en cualquier moneda (Dólar, Euro, etc.).
- Ajustes: Podrán actualizar el precio del alquiler todos los días bajo cualquier índice (dólar, inflación, nafta, etc.)
- Garantías: Podrán pedirnos cualquier tipo de garantía. Se universaliza el seguro de caución.
- Depósito: Serán dos meses de depósito. Podrá ser en dólares. No se devolverá actualizado. Podrán devolverlo a los 60 días de finalizado el contrato.
- Arreglos de la casa: Los arreglos de la casa serán obligación de los inquilinos.
- Expensas: Los inquilinos deberemos pagar las expensas ordinarias y extraordinarias.
- Domicilio electrónico: Ya no habrá posibilidad de establecer un mail como medio de comunicación con los propietarios e inmobiliarias.
- Renovación: El propietario no deberá avisarnos con antelación si nos renueva el contrato o no.
- Multa: Se elimina la posibilidad de no pagar multa por rescindir contrato si avisamos tres meses antes.
- Consignación: Si el propietario no acepta el alquiler, no podremos consignar judicialmente.
- Impuestos: Los impuestos que recaen sobre la vivienda (ABL, AGIP, impuesto inmobiliario) serán obligación de los inquilinos.
- Compensación: Si nos cobran algo que no corresponde no podremos descontarlo del alquiler.
- AFIP: Ya no será obligatorio registrar los contratos en AFIP.
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