La Municipalidad de La Plata lanzará el “Plan de Regularización de Establecimientos Platenses", una iniciativa que pretende reducir los riesgos para la seguridad pública, posibilitar el acceso a políticas y programas y brindar información precisa para la planificación productiva de la ciudad.
Según el último relevamiento, si se suman los casi 5.500 establecimientos que tienen su habilitación vencida y los 27.000 que poseen un alta sin haber iniciado un expediente o una habilitación sin vencimiento y deben volver a empadronarse, la cifra de establecimientos a regular supera los 32.000.
En ese contexto, a partir de mayo todos los que respondan al tipo comercial, de servicio, industrial y depósitos -entre otros- que requieren de una habilitación municipal para desarrollar su actividad de forma legítima, tendrán la posibilidad de regularizar su situación aprovechando el plan.
Así, el responsable podrá evitar multas y sanciones por incumplir con la norma y acceder a múltiples oportunidades de negocios, y el Municipio garantizar las condiciones de higiene y seguridad necesarias y exigibles para desarrollar la actividad.
Entre los establecimientos que requieren habilitación municipal se pueden mencionar los dedicados a la venta directa de productos en escala minorista y/o mayorista; los del rubro sanitario, salud o atención animal; los vinculados a lo social y deportivo, como gimnasios, piscinas y canchas; y al entretenimiento, como cines y teatros.
También integran el listado hoteles, Centros de Atención de Primera Infancia (CADI), locales de reparaciones en general, locales de mantenimiento, reparación y atención del automotor y alquiler de vehículos, lavaderos de autos, playas de estacionamiento, tintorerías, lavaderos de ropa, cerrajerías, peluquerías, farmacias, oficinas y agencias de viajes y turismo.
Además, podrán acceder al plan de regularización para obtener su habilitación o reempadronarse inmobiliarias, prestadores de servicios bancarios o financieros, bares, confiterías, restaurantes, salones y casas de fiestas, salas de juegos, discotecas, casas velatorias, estaciones de servicio, mudadoras e industrias productivas, entre otros locales.
CÓMO DEBERÁ INICIARSE EL TRÁMITE DE REGULARIZACIÓN
Los interesados tendrán la posibilidad de acceder al Plan de Regularización de Establecimientos Platenses de manera online vía web para la habilitación comercial de cualquier rubro, siempre que la superficie del local afectado a la actividad no supere los 300 m2, a excepción de rubros complejos que requieran de la intervención de otras áreas del municipio.
Quienes lo prefieran, podrán solicitar un turno de atención en https://turnos.laplata.gob.ar/misdatos para iniciar el trámite de modo presencial, acudiendo el día y en el horario elegido al Piso 1 del Centro Administrativo Gubernamental Torre I “Dr. Alejandro Korn” sito en calle 12 esquina 51.
En todos los casos, deberá presentarse el titular del establecimiento con DNI o el apoderado con el poder correspondiente y en el caso las personas jurídicas, exhibir el Estatuto o Contrato Social debidamente certificado y con el folio de inscripción del Ministerio de Justicia.
Además, será requisito acreditar el derecho al uso del inmueble mediante un contrato de locación/comodato con firmas certificadas por escribano o por el Colegio de Martilleros, Escritura o Título de propiedad y presentar un Libre deuda Deudores Alimentarios Morosos (DAM) solicitado en https://rdam.mjus.gba.gob.ar/.
Sea cual sea el rubro, será exigible presentar la Constancia de Inscripción en AFIP, que puede obtenerse en http://www.afip.gob.ar; el formulario libre de deuda previsional 522/A, el cual debe imprimirse desde la página http://www.afip.gob.ar con clave fiscal; y el certificado de domicilio de Ingresos Brutos de ARBA, que puede solicitarse en http://www.arba.gov.ar.
También forman parte de la documentación para el trámite el Libre deuda de las Tasas Tributarias Municipales (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda, en el caso que corresponda); y el original y una copia del plano de obra civil, aprobado, registrado o visado para comercio, autenticado y actualizado por la Dirección de Obras Particulares.
A su vez, deberá presentarse el informe técnico de bomberos y el final de obra expedido por el Cuartel de La Plata (calle 52 entre 117 y 118), Los Hornos (avenida 137 entre 61 y 62) o Villa Elisa (calle 49 entre 6 y 11) o el Certificado Profesional de Seguridad Antisiniestral (CERPROSA), según corresponda dependiendo la actividad comercial; y una foto de la fachada con la cortina levantada.
Cabe recordar que, por las características particulares que se desprenden de su desarrollo, existen determinadas actividades que deben cumplir, además, requisitos especiales, como farmacias y droguerías; veterinarias; agencias de seguridad, de viajes, de cambio y de Lotería; productoras de seguros y aseguradoras; y bancos, entre muchos otros.
Para esos casos, el interesado podrá consultar los requisitos particulares en la oficina ubicada en Piso 1 del Centro Administrativo Gubernamental Torre I “Dr. Alejandro Korn” o vía mail a habilitaciones@laplata.gob.ar