El gobierno de Javier Milei encontró el primer obstáculo para avanzar con la privatización del Banco Nación. “El DNU 70/23 y la resolución 348 del Directorio del B.N.A. no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria”, señala la resolución de la Justicia.
El fallo fue emitido por Alejo Ramos Padilla, juez federal de primera instancia de La Plata. Allí, se detalla que la privatización “solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional”.
El magistrado observó “la Resolución de Directorio 348/2024 del BNA por la cual se contrató y se encomendó a un estudio jurídico brindar asistencia jurídica integral para llevar adelante el proceso de restructuración del BNA en Sociedad Anónima, agotó su cometido según lo informado por la entidad bancaria en el plazo conferido”.
El juez consideró además que la actitud del directorio de la entidad bancaria “se sustentaba en una interpretación del art. 48 del DNU 70/2023 que en el contexto actual y luego de ser sancionada la ‘Ley Bases’ no resulta sostenible”.
El artículo 48 del megadecreto de Milei establece el paso de sociedades y empresas del Estado a Sociedades Anónimas. Esa normativa abarca “a las Empresas del Estado que no tengan una forma jurídica societaria, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones societarias donde el Estado nacional tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias y no se encuentren constituidas como sociedades anónimas”.
Ramos Padilla sostuvo consideró que “queda en evidencia que no es posible que el Directorio del BNA modifique la situación jurídica de la entidad”.
El secretario general de la Asociación Bancaria, Sergio Omar Palazzo, celebró la decisión judicial y agradeció “a los compañeros y abogados que llevaron adelante la demanda”. [DIB]