26 Abr 2025 - Edición Nº2923
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EL TECLADO | La provincia  Viernes 25 de Abril del 2025 - 16:33 hs.                121
  La provincia   25.04.2025 - 16:33   
BOLETÍN OFICIAL
Más Justicia y Derechos: sin beneficios societarios para deudores alimentarios
A partir de ahora, en la provincia de Buenos Aires, cualquier persona que integre una sociedad como socio o autoridad y esté inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) no podrá cobrar dividendos ni honorarios de esa sociedad.
Más Justicia y Derechos: sin beneficios societarios para deudores alimentarios
Por: El Teclado

La medida adoptada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Juan Martín Mena, fue suscripta por la directora de Personas Jurídicas, Silvia García y determina que aquellos que incumplen con su obligación alimentaria no accedan a beneficios económicos mientras mantengan esa deuda.

"El incumplimiento de la obligación alimentaria es un problema estructural que profundiza las desigualdades de género", expresó el ministro de Justicia en sus redes sociales. 

"Esta medida, además, es un paso firme para proteger los derechos de niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad a percibir sus alimentos".

La disposición salió publicada en el Boletín Oficial y en su primer artículo establece que “las sociedades anónimas, cualquiera fuera su subtipo, las sociedades en comandita por acciones y las sociedades por acciones simplificadas (S.A.S.) sometidas a la fiscalización de este Organismo no podrán distribuir dividendos, ni abonar retribuciones de ningún tipo a los integrantes de los órganos de administración y fiscalización cuando los beneficiarios de esos pagos se encuentren registrados en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires”.

Para más información podes visitar:  

www.gba.gob.ar/dppj](http://www.gba.gob.ar/dppj



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JUAN MARTIN MENA


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