El Tribunal de Trabajo N° 4 de la ciudad de La Plata resolvió declarar la ultractividad de la cláusula convencional de paritaria (cláusula gatillo) acordada por con los gremios docentes en el 2017, de adecuación semestral, por variación de los índices de precios al consumidor del INDEC, respecto a los sueldos del mes de enero de 2018.
Con el voto de los jueces Martiarena, Di Stefano, Moreyra, en la caratulada como "Federación de Educadores Bonaerenses y otros contra Dirección General de Cultura y Educación y otro/s sobre ampara judicial", el tribunal declaró la "ultractividad de la cláusula convencional de paritaria salarial acordada por las partes en el año 2017 de adecuación semestral -cada mes de julio y enero, próximos- por variación de los indices de precios al consumidor emitidos por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, respecto a los sueldos del mes de enero de 2018 (art.14 bis de la Constitución Nacional, art. 39 inc.3 del la Constitución Provincial, art.14 de la ley 13552, art. 63 de la ley 11653 y 322 del CPCC)".
En la práctica, la “cláusula gatillo” se activará cada mes de julio y enero, hasta la concreción de un nuevo convenio, basada en la evolución del Indice de Precios al Consumidor (IPC) emitido por la Instituto de Estadísticas y Censos (INDEC).
De esta manera, al incremento acordado por la paritaria 2017, se le deberá adecuar lo establecido por el IPC en julio y en enero, hasta tanto no se acuerde una nueva paritaria para el sector.
Más allá de este fallo que favorece a los trabajadores de la educación, desde el FUDB sostienen que es necesaria una urgente convocatoria para continuar discutiendo en el ámbito de la paritaria, como espacio irrenunciable para defender los derechos de los docentes.
Por lo pronto, a partir de la fecha, el gobierno de la provincia tiene 10 días para apelar.
EL FALLO COMPLETO:
Fallo que obliga aplicar la cláusula gatillo - El Teclado by El Teclado [www.elteclado.com.ar] on Scribd