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EL TECLADO | Judiciales  Jueves 08 de Noviembre del 2018 - 11:09 hs.                1527
  Judiciales   08.11.2018 - 11:09   
[DERECHOS HUMANOS] GENOCIDIO
El Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata concedió la prisión domiciliaria de Miguel Etchecolatz en una causa por genocidio
Es por los delitos cometidos en el centro clandestino conocido como “El Infierno”. La domiciliaria no se hará efectiva por encontrarse detenido en otras causas. Hace una semana la Corte Suprema le revocó este beneficio en otros dos procesos judiciales.
El Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata concedió la prisión domiciliaria de Miguel Etchecolatz en una causa por genocidio

Este miércoles el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata hizo lugar al pedido del beneficio de prisión domiciliaria para Miguel Osvaldo Etchecolatz en la causa en la que está imputado por los delitos cometidos en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de Lanús, con asiento en Avellaneda, conocida como “El Infierno”. Lo resolvió, por mayoría, con la firma de los jueces Germán Castelli y Alejandro Esmoris. El juez Pablo Vega votó en disidencia.

 

Castelli -con acuerdo de Esmoris- sostiene que “indudablemente, el encierro humillante, degradante, mortificante e indigno que viene sufriendo Etchecolatz, se subsanará a través de la concesión de la prisión domiciliaria”. Sin embargo no se hará efectiva por encontrarse detenido en el marco de otras causas, tanto en La Plata como en Ciudad de Buenos Aires.

 

Etchecolatz, tiene hoy 89 años, pero en su juventud fue Jefe de Investigaciones de la Policía Bonaerense durante el gobierno de facto de Ibérico Saint Jean y se lo señala como quien comandaba los 21 campos clandestinos de detención que formaban parte del denominado “Circuito Camps”, en referencia a su superior y Jefe de la Policía Bonaerense durante la dictadura, Ramón Camps.

 

[Durante el verano se realizaron varias protestas en la ciudad Balnearia en repudio a la prisión domiciliaria. Foto: Gentileza de Marcelo Núñez de Mar del Plata]

 

Recordemos que el pasado 30 de octubre la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó, por mayoría, -solo con la disidencia del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz- la prisión domiciliaria que había sido concedida Etchecolatz en dos causas por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura (Circuito Camps, donde fue condenado a prisión perpetua, y Pozo de Banfield, en la que está procesado pero aún no ha sido ventilada en juicio oral).

 

En relación a esta causa, este mismo tribunal le otorgó el beneficio el 19 de agosto de 2016. El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación, que fue resuelto por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los Jueces, Mariano Borinsky, Ana María Figueroa y Gustavo Hornos, que anularon la resolución y reenviaron las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Fundaron su rechazo en que el TOF 1 no tuvo debidamente en cuenta las conclusiones expuestas por los profesionales del Cuerpo Médico Forense en su informe del 6 de abril de 2017 de las cuales no se desprende  “impedimento alguno para que permanezca en un establecimiento penitenciario, recibiendo la atención médica, el tratamiento y los controles que sean necesarios para atender sus patologías

 

Entonces, atendiendo lo ordenado por la Casación, el TOF 1 de La Plata requirió la realización de una nueva pericia médica por parte de Cuerpo Médico Forense en la cual se establezca si la situación de salud del Etchecolatz podría encuadrarse en alguno de los supuestos contemplados para otorgar la prisión domiciliaria.

 

En el fallo, el juez Castelli hace un extenso desarrollo de su voto por el cual entiende que los nuevos informes médicos oficiales realizados para conocer el estado actual de salud de Etchecolatz revelan diferencias de importancia con relación al informe abril de 2017. Expresó que “negar que un anciano enfermo puede variar su cuadro de salud de un momento a otro, es de alguna manera negar la debilidad emergente de la última etapa de la vida de nuestra propia dinámica biológica humana de la que ningún mortal que acceda a ella se encuentra exento”.

 

[Protestas de los vecinos del Bosque Peralta Ramos contra el beneficio. Foto: Gentileza Marcelo Núñez de Mar del Plata]

 

El nuevo peritaje afirma que Etchecolatz se trata de una persona autoválida parcialmente, que requiere ayuda de terceras personas para algunas actividades cotidianas, pero puede deambular y tiene total autonomía por ejemplo para escribir y alimentarse. Así lo suscriben tanto los Peritos Oficiales del Cuerpo Médico Forense como los especialistas convocados por la Fiscalía y las Querellas que dieron cuenta explícitamente que si bien es un hombre anciano y con algunas patologías propias de su edad, éstas pueden ser atendidas convenientemente en el Hospital Penitenciario de la Cárcel de Ezeiza donde se encuentra alojado.

 

Si embargo el juez insiste en que “este panorama de ancianidad, enfermedad, debilidad y dependencia de terceras personas, torna el encierro riguroso de Etchecolatz, en sí mismo, en degradante, humillante, mortificante, indigno y por tanto ofensivo a los derechos humanos”. En su desarrollo hace una crítica al Sistema Penitenciario Federal ya que la cantidad de personal que está afectado a la atención de reclusos de este tipo es escaso. Se trata de una enfermera por turnos de 24 horas para 50 camas disponibles, aunque en la actualidad solo están ocupadas con internos de edad avanzada.

 

“La situación adquiere ribetes humanos dramáticos y constitucionalmente escandalosos, cuando el cuadro descripto se extrapola a las presentes actuaciones donde el nombrado sólo cumple una medida cautelar. También en otras palabras, de no remediarse esta injusticia, Etchecolatz sufrirá con altas probabilidades, prisión preventiva hasta morir en la cárcel”, expresó Castelli en un tramo de la resolución.

 

Para abundar su justificación, se cita a si mismo en los fundamentos de el mismo beneficio en otra causa en donde expresó que “Caminar cuantas veces uno quiera por el jardín o apreciar desde una silla de ruedas, sin límite, el cielo azul o estrellado, a través de una ventana o desde el balcón. Precisamente en estos pequeños detalles reside la dignidad de las personas y en particular de los ancianos, que el legislador argentino se ha ocupado expresamente de resguardar a través del arresto domiciliario. Y de llamar la muerte a la puerta de estos seres humanos, la prisión atenuada podrá hacerlos partir de la vida junto a sus seres queridos ¿Puede haber alguna duda de que el encierro en la casa de uno mismo –de habilitarlo la ley- es infinitamente más digno que el encierro en una cárcel o en los hospitales de esa cárcel?...”, escribió Castelli.

 

Respecto a otras de las cuestiones a ponderar al momento de otorgar o no la morigeración de prisión, como es el riesgo de fuga, el magistrado sostiene que no existe ya que “cuesta imaginar de qué manera el imputado, con sus casi 90 años de edad, deseará profugarse de este proceso, cuando, sin ayuda de terceros, no puede siquiera girar en su cama mientras descansa, ni vestirse y desvestirse, ni trasladarse (…) se encuentra cercano a cumplir 21 años en detención y le resta poco más de 4 años para agotar su pena y el presente proceso no añadirá otros tiempos de detención. A esta altura, debemos preguntarnos qué interés puede tener el nombrado en eludir la justicia”, entendió el magistrado.

 

Por su parte el juez Esmoris acompañó en los fundamentos expuestos por su colega y con algunas precisiones propias, acompaño y votó en el mismo sentido de beneficiar al represor.

 

[La presencia Jorge Julio López en el reclamo en contra de la domiciliaria a Etchecolatz. Foto: Gentileza Marcelo Núñez de Mar del Plata]

 

En tanto, quien expresó su disidencia y aconsejó no otorgar el beneficio fue el juez Pablo Vega. En un tramo de su exposición sostiene que “frente a tal escenario, ha de resultarme ciertamente muy difícil sostener que el Estado Argentino somete a Etchcolatz ─quien reúne la doble condición de multiprocesado y multicondenado por numerosos delitos de lesa humanidad ─ a un trato cruel, inhumano y degradante, como si se tratase de un anciano arrojado a una celda común, abandonado casi a su suerte, marcada por el infortunio de tener que lidiar solitariamente con las limitaciones físicas propias de su edad bajo un oscuro desamparo carcelario”, y luego agrega que “las constancias dan cuenta que el interno se encuentra bajo un estricto seguimiento médico multi e interdisciplinar” tanto por staff médico del Hospital Penitenciario sino también por el servicio médico de nosocomios ubicados en la zona que pueden brindar atención rápidamente.

 

Además, Vega destaca que de otorgársele el beneficio, Etchecolatz quedaría al cuidado de su mujer de 68 años, como ya sucedió durante el pasado verano. En esa ocasión, el propio Vega se apersonó en el domicilio en Mar del Plata y constató que no contaban con la presencia de una enfermera, ni permanente ni ocasional, y que sólo estaba bajo el cuidado de su esposa. Es por esto que el juez valora que al continuar alojado en el Hospital Penitenciario, el Estado le garantiza numerosos recursos para atender más fácil, pronta y eficazmente las necesidades que pueda requerir.

 

El tribunal decidió que de concretarse la detención habrá de efectivizarse en su casa ubicada en el Bosque Peralta Ramos de la ciudad de Mar del Plata, con supervisión del Patronato de Liberados y deberá contar con vigilancia electrónica. Además se determina la prohibición de salida del país y  la tenencia de armas de cualquier tipo en el domicilio. También, se deben disponer las medidas necesarias para que se eviten mayores molestias a los vecinos del lugar.

 

[La casa de Etchecolas en Nuevo Boulevard del Bosque entre Guaraníes y los Tobas, en Mar del Plata. Foto: Gentileza Marcelo Núñez de Mar del Plata]

 

Recordemos que el represor obtuvo este beneficio el pasado el 27 de diciembre de 2017. Esto generó inmediatamente el extendido rechazo de los vecinos del Bosque, de la ciudad de Mar del Plata y de distintos lugares del país, quienes realizaron numerosas manifestaciones exigiendo que el genocida cumpla su condena en cárcel común y presentaciones ante la justicia en este mismo sentido. Finalmente, el TOCF N° 6 de CABA atendió el reclamo y evaluó que debía volver intramuros. La medida se concretó el 16 de marzo de este año y Etchecolatz regresó al penal de Ezeiza, donde actualmente se encuentra alojado.

 

 

[MULTICONDENADO]

 

Miguel Osvaldo Etchecolatz fue condenado en las siguientes causas:

 

* El 2 de diciembre de 1986 por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal a la pena de 23 años de prisión como autor del delito de aplicación de tormentos en 91 oportunidades.

 

* Luego el 29 de marzo de 2004, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°1 de La Plata lo condenó, junto al médico de la policía Antonio Begés, a la pena de 7 años de prisión por la supresión y suposición de estado civil e identidad de Carmen Gallo Sanz.

 

* El 19 de septiembre de 2006 el por el TOCF N°1 de La Plata lo condenó a la pena de Reclusión Perpetua por 6 homicidios y la privación ilegal de la libertad y  aplicación de tormentos. En septiembre de 2013 el TOCF N° 1 de La Plata resolvió –por mayoría-la unificación de estas tres condenas a la pena única de Prisión Perpetua.

 

* El 19 de diciembre de 2012 el TOCF N° 1 de La Plata lo condenó a Prisión Perpetua por los delitos de homicidio, privación ilegal de la libertad, tormentos, sustracción de menores cometidos en varios de los centros clandestinos que integraban el denominado “Circuito Camps”.

 

* El 24 de octubre de 2014 el mismo Tribunal volvió a condenarlo Prisión Perpetua, en este caso por los los homicidios de Luis Eduardo Sixto Bearzi y Marcelo Gabriel José Bettini, durante el juicio por los delitos cometidos en el CCD “La Cacha”.

 

* El 23 de marzo de 2016 fue condenado otra vez por el TOCF N° 1 de La Plata a 25 años de prisión por la desaparición forzada de Daniel Omar Favero y María Paula Álvarez.

 

* 26 de octubre de 2018 fue condenado por el TOCF N° 6 de CABA a Prisión Perpetua por los delitos cometidos en el centro CCD “Cuatrerismo-Brigada Güemes” (también conocido como “Protobanco”), que funcionó en la División Cuatrerismo de Policía de la provincia de Buenos Aires, en la zona geográfica denominada “Puente 12”, en Camino de Cintura y Autopista Richieri y en La Matanza y en la Comisaría 1° de Monte Grande.

 

Actualmente está siendo sometido a juicio en La Plata por los delitos cometidos en el centro clandestino que funcionó en la Brigada de Investigaciones de San Justo, y está procesado en las causas Pozo de Banfield y Pozo de Quilmes que aún no fueron juzgadas. [El Teclado]

 

TOCF 1 La Plata concede prisión domicilia de Miguel Etchecolatz by El Teclado [www.elteclado.com.ar] on Scribd