22 Nov 2024 - Edición Nº2768
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EL TECLADO | La provincia  Viernes 24 de Enero del 2020 - 14:00 hs.                668
  La provincia   24.01.2020 - 14:00   
EL IMPACTO DE LA LEY IMPOSITIVA
Arba posterga hasta fines de febrero los vencimientos de los impuestos provinciales
Las modificaciones implementadas en el calendario fiscal para este año, que difiere respecto del que rigió en 2019, se deben a la demora que tuvo la sanción de la Ley Impositiva 2020.
Arba posterga hasta fines de febrero los vencimientos de los impuestos provinciales

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires puso en vigencia el calendario fiscal para este año y determinó que el vencimiento de la primera cuota y pago anual del Impuesto Inmobiliario Urbano, tanto en planta edificada como baldía, opere el 27 de febrero de 2020.

Por su parte, la primera cuota y pago anual del Impuesto a los Automotores se estableció recién para el 12 de marzo próximo, lo que implica que no habrá vencimientos de impuestos patrimoniales durante enero y buena parte de febrero.

Las modificaciones implementadas en el calendario fiscal para este año, que difiere respecto del que rigió en 2019, se deben a la demora que tuvo la sanción de la Ley Impositiva 2020, hecho que retrasó los procesos administrativos vinculados a la liquidación y emisión de tributos provinciales.
 


En www.arba.gob.ar se puede acceder al calendario fiscal 2020 y conocer los vencimientos de tributos patrimoniales, anticipos de Ingresos Brutos, detalles referidos a los regímenes de información y recaudación, así como consultar sobre bonificaciones y medios de pago.



Producto de esos cambios, que buscan brindar a los contribuyentes la posibilidad de cumplir en tiempo y forma con sus impuestos, las cinco cuotas de Automotores vencerán este año en marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. En tanto que las del Inmobiliario Urbano lo harán en febrero, abril, junio, agosto y octubre.

Los vencimientos del Impuesto Inmobiliario Rural fueron fijados en los meses de abril, junio, septiembre y noviembre. Mientras que los del Inmobiliario Complementario operarán en marzo, junio, septiembre y noviembre. Respecto del tributo a las Embarcaciones Deportivas, los pagos continuarán establecidos en marzo y noviembre.

Cabe destacar que el conjunto de las bonificaciones definidas para este año, que incluyen beneficios por pago en término y anual, adhesión al débito automático o boleta por mail, posibilitarán a los contribuyentes obtener descuentos de hasta un 25%.

En www.arba.gob.ar se puede acceder al calendario fiscal 2020 y conocer los vencimientos de tributos patrimoniales, anticipos de Ingresos Brutos, detalles referidos a los regímenes de información y recaudación, así como consultar sobre bonificaciones y medios de pago. [El Teclado]


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