Desde este martes, Monte Hermoso habilita las salidas recreativas de una hora: cómo es el protocolo
A partir de mañana martes 28 de abril, en Monte Hermoso se permitirán salidas para el esparcimiento de una hora, sectorizada y por días, adhiriendo de esta manera al último DNU Presidencial y avalados por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires por ser uno de los distritos donde no hay circulación del virus.
“Esta decisión es producto del compromiso y concientización que viene demostrando nuestra comunidad, lo que es motivo de orgullo para todos nosotros” manifestó el intendente Alejandro Dichiara este mediodía, acompañado por el presidente del HCD, César David Quintana y del secretario de Gobierno, Hernán Arranz, en una conferencia realizada para anunciar las nuevas excepciones.
“Se deberá respetar un protocolo de salidas y confiamos en que así será aunque en caso de que veamos que no se respeta se anularán por completo” aclaró.
Respecto a la excepción para poder trabajar en los rubros de construcción y mantenimiento, aún se aguarda la respuesta nacional y provincial “que podría llegar este jueves o viernes” adelantó el Jefe Comunal.
[PROTOCOLO]
Los vecinos no deberán alejarse a más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de SESENTA (60) minutos, en horario diurno entre las 10 y las 17 horas.
La ciudad se delimitará en dos cuadrículas, “ZONA ESTE” (hasta Sauce Grande) y “ZONA OESTE” (hasta Complejo Americano), sirviendo como línea demarcatoria la calle Victorio Luzuriaga en toda su extensión.
Las personas que tengan su domicilio fijado en la “ZONA ESTE” podrán realizar la salida de esparcimiento los días martes, jueves y sábado. Los vecinos domiciliados en “ZONA OESTE” podrán hacerlos los días miércoles, viernes y domingos.Será requisito portar Documento Nacional de Identidad, así como el uso obligatorio de barbijos y/o tapa boca manteniendo un distanciamiento físico social no menos a 2 metros, quedando los menores de hasta tres (3) años exceptuados del uso de barbijos y/o tapa bocas.
No serán comprendidos por la excepción las personas en el grupo de riesgo de contagio, como embarazadas, personas de más de 60 años, inmunodeprimidos, entre otros.
Los menores de 12 años de edad podrán realizar salidas de esparcimiento únicamente acompañados de una persona mayor conviviente, estando vedado el uso de juguetes, pelotas o cualquier elemento de recreación.
Queda terminantemente prohibido durante la salida de recreación tocar objetos en la vía pública, correr, trotar y transitar por la playa, parques, plazas, etc. según Art. 4 Inc. 5 del DNU 405/2020. [El Teclado]