25 Nov 2024 - Edición Nº2771
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EL TECLADO | El país  Jueves 04 de Junio del 2020 - 23:00 hs.                953
  El país   04.06.2020 - 23:00   
NUEVA CUARENTENA
¿Cuál es la diferencia entre el aislamiento, y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio?
Alberto Fernández anunció este jueves que Argentina entra en una nueva cuarentena, en la cual el 85 por ciento del país avanza hacia la fase de distanciamiento social; y un 15 por ciento sigue en aislamiento.Qué significa.
¿Cuál es la diferencia entre el aislamiento, y el distanciamiento social, preventivo y obligatorio?

Alberto Fernández anunció este jueves que Argentina entra en una nueva cuarentena, en la cual el 85 por ciento del país avanza hacia la fase de distanciamiento social; y un 15 por ciento (el AMBA, Chaco, Gran Córdoba, Trelew y Río Negro) sigue en aislamiento debido a la cantidad de casos que tienen. 

Así, estás son las diferencias entre las fases:

El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio implica:

  • Que cada persona debe quedarse en su domicilio.
  • Que solo puede salir para hacer compras básicas, para realizar trabajos exceptuados o tareas especialmente autorizadas.
  • Se aplica en todo Chaco menos el departamento de San Fernando,, Gran Córdoba, ciudades de Río Negro y Trelew.
     

 

El Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio implica:

  • En lugares con: sistema de salud adecuado para la demanda sanitaria, que no tengan transmisión comunitaria del virus, y otros criterios epidemiológicos.
  • Que las personas pueden circular, trabajar y realizar sus actividades siempre y cuando guarden siempre dos metros de distancia con otra persona.
  • Todas las actividades que reabren deben reorganizarse para garantizar esta norma.
  • Es obligatorio el uso del tapabocas.
  • Higiene de manos y respiratoria
  • Ventilación de ambientes y desinfección de superficies
  • En lugares cerrados no se pueden reunirse más de 10 personas, cumpliendo el distanciamiento, y nunca superando la ocupación del 50 % de la capacidad del lugar.

¿Qué está prohibido?

1.    Eventos en espacios públicos o privados de cualquier tipo con más de 10 personas.
2.    Cines, teatros, clubes, centros culturales.
3.    Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos de trabajadores y trabajadoras esenciales
4.    Actividad turística.

Clases presenciales

El Ministerio de Educación con asesoramiento del Consejo de Rectores y de expertas y expertos evaluará los protocolos necesarios para que en el futuro puedan evaluarse retornos progresivos en ciertas áreas geográficas específicas. Mientras tanto, continúan suspendidas las clases presenciales. [El Teclado]


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