26 Abr 2024 - Edición Nº2558
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EL TECLADO | El país  Lunes 03 de Julio del 2017 - 15:08 hs.                713
  El país   03.07.2017 - 15:08   
Privilegios sin fin
"Chupete" no quiere caer en la pobreza: Pide la exención de ganancias con una pensión de $176.000
¿Dónde quedó el aburrido? El ex presidente de la Nación Fernando De La Rúa volvió a ser noticia por un polémico reclamo al Tribunal Fiscal nacional. Pidió que su pensión se asimile a la de los ministros de la Corte Suprema y la Justicia avaló el pedido, aunque la AFIP apelará la medida.
"Chupete" no quiere caer en la pobreza: Pide la exención de ganancias con una pensión de $176.000

Fernando De La Rúa reclamó ante el Tribunal Fiscal Nacional durante años. Pedía que se lo eximiera de pagar el impuesto a las Ganancias, que es obligatorio para todos los y las trabajadoras del país que cobren un salario neto de 23 mil pesos. Así, resulta insólito -y bastante indignante- el pedido del ex presidente que renunció en plena crisis subiénse a un helicóptero: equiparar su pensión vitalicia con la de los ministros de la Corte Suprema de la Nación, que tienen el beneficio de cobrar mucho y no pagar prácticamente nada de impuestos. 

Pero la Justicia avaló el requerimiento. Entre sus argumentos, De La Rúa cuestionó que la quita del 35 por ciento en su pensión destruía "la equivalencia y la identidad consagradas por la ley" con las pensiones que perciben los jueces de la Corte, e invocó la "intangibilidad" de su salario que pregona la Constitución Nacional. 

Aunque la AFIP ya anunció que apelará la medida, el fallo del Tribunal Fiscal abre la puerta para que cualquier otro ex presidente -incluido Carlos Menem, que busca ser reelegido por quinta vez como senador para conservar los fueros- exija lo mismo. También se aplica para los vices, y teniendo en cuenta la seguidilla de mandatarios que calentaron el sillón presidencial en 2001 -cinco en total-, el reclamo se vuelve peligroso. 

"Toda vez que las remuneraciones de los jueces (tanto en actividad como jubilados), por aplicación de la citada acordada (20/1996) de la Corte y reiterada jurisprudencia de ese alto tribunal, no se encuentran alcanzadas por el impuesto a las ganancias, cabe concluir que tampoco debe estarlo la asignación vitalicia del recurrente", sentenciaron los vocales del Tribunal Fiscal.  [ET]