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EL TECLADO | El país  Jueves 12 de Septiembre del 2019 - 08:00 hs.                835
  El país   12.09.2019 - 08:00   
PARA LEER
Para entender: de qué se trata el proyecto de emergencia alimentaria que debate hoy el Congreso
Tras la insistencia de las organizaciones sociales, los gremios y la oposición, el presidente dio luz verde para que se trate la emergencia alimentaria este jueves en el Congreso. De qué se trata y qué impacto fiscal tiene.
Para entender: de qué se trata el proyecto de emergencia alimentaria que debate hoy el Congreso

El proyecto de ley 4259-D-2019 que será tratado este jueves en la Cámara de Diputados de la Nación contempla la prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 de la emergencia alimentaria nacional dispuesta por el decreto 108/2002 de Necesidad y Urgencia, cuya vigencia fue prorrogada por sucesivas leyes hasta el 31 de diciembre de 2019.

En este marco, por medio del artículo 4° se dispone “un incremento de emergencia, como mínimo, del cincuenta por ciento (50%) de las partidas presupuestarias vigentes del corrienteaño correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición”.
 


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Además, se faculta, “a partir del 1 de enero del año 2021 y hasta que dure la emergencia declarada en el artículo 1°, al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, a actualizar trimestralmente las partidas presupuestarias correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición, tomando como referencias mínimas al aumento de la variación porcentual del rubro “alimentos y bebidas noalcohólicas” del Índice de Precios al Consumidor ( IPC) y la variación de la Canasta Básica de Alimentos (CBA), que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC)” 

En tercer lugar, por medio del artículo 6° se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a disponerlas ampliaciones y las reestructuraciones presupuestarias, y las decisiones administrativas conducentes a un abordaje efectivo de la emergencia alimentaria ynutricional. Las reestructuraciones presupuestarias no podrán realizarse con la reducciónde los créditos correspondientes a la finalidad “Servicios Sociales”.

Finalmente, el artículo 7° encomienda a la Sindicatura General de la Nación, en sucarácter de órgano de control interno del Poder Ejecutivo Nacional, el control periódico respecto de la aplicación de recursos y gastos que dispone el articulado precedente.

[IMPACTO FISCAL]

La Oficina de Presupuesto del Congreso desarrolló un informe en el cual detalla el impacto fiscal que tendrá la medida: 

1. Si el incremento se calcula sobre los créditos vigentes al 31 de agosto de losprogramas identificados el costo ascendería a $10.489 millones.

2. Si el incremento se calcula sobre los saldos de crédito no ejecutados al 31 deagosto de los programas identificados el costo ascendería a $4.061 millones.

El Teclado accedió al informe completo:
 

[El Teclado]


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