El Gobierno promulgó la ley de emergencia alimentaria nacional, que "garantiza en forma permanente y de manera prioritaria el derecho a la alimentación y la seguridad alimentaria y nutricional de la población" en el país, mediante el decreto 667 publicado hoy en el Boletín Oficial.
El decreto, firmado por el presidente Mauricio Macri, dispone un "incremento de emergencia como mínimo del 50% de los créditos presupuestarios vigentes del corriente año correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición".
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Además, se "faculta a partir del 1° de enero del año 2020, y hasta que dure la emergencia, al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación a actualizar trimestralmente las partidas presupuestarias correspondientes a políticas públicas nacionales de alimentación y nutrición".
Para eso, indica el decreto, se tomará "como referencias mínimas el aumento de la variación porcentual del rubro alimentos y bebidas no alcohólicas del Índice de Precios al Consumidor y la variación de la Canasta Básica Alimentaria, que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos".
Además, faculta al Poder Ejecutivo a "disponer las ampliaciones y las reestructuraciones presupuestarias, y las decisiones administrativas conducentes a un abordaje efectivo de la emergencia alimentaria y nutricional".
"Las reestructuraciones presupuestarias no podrán realizarse con la reducción de los créditos correspondientes a la finalidad Servicios Sociales", dice.
El decreto recuerda que el "derecho humano a una alimentación adecuada se asume como una política de Estado que respetará, protegerá y promoverá un enfoque integral dentro de un marco de políticas públicas contemplada en cada ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional que apruebe el Congreso de la Nación". [El Teclado]